En el presupuesto nacional de la próxima vigencia fiscal se incluirá por el gobierno la suma destinada por el artículo anterior, necesariamente; y si no se incluyere, el gobierno queda facultado para abrir los créditos adicionales o hacer las traslaciones que fueren necesarias dentro del mismo presupuesto, para darle cumplimiento a esta ley.
Ley 44 de 1960 →Vigente
Artículo 3
Ley 44 de 1960 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del segundo centenario de la fundación del Municipio de Anapoima (Cundinamarca)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.