Micelio

Artículo 151

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recursos ordinarios. Contra las re soluciones procesales en materia penal, proferidas durante el juzgamiento, proceden los recursos de apelación y de hecho que se interpondrán por escrito, salvo disposición en contrario. Contra los actos realizados por los funcionarios de investigación y acusación no procede recurso de ninguna naturaleza. JURISPRUDENCIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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