Micelio

Artículo 5

El Gobierno Procederá Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen Por El Presente Decreto Y Los Empleados Que Estando Al Servicio Del Ministerio De Gobierno Fueren Nombrados En Dichos Cargos No Requerirán, Llenar Otra Formalidad Para Su Posesión Que La Firma Del Acta Respectiva, Y El Pago Del Impuesto De Timbre, Correspondiente A La Diferencia De Remuneración

Decreto 3164 de 1968 · Por el cual se determina la planta de personal del Ministerio de Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Gobierno procederá conforme a las disposiciones legales vigentes, a designar el personal que deba ocupar los cargos que se establecen por el presente Decreto y los empleados que estando al servicio del Ministerio de Gobierno fueren nombrados en dichos cargos no requerirán, llenar otra formalidad para su posesión que la firma del acta respectiva, y el pago del impuesto de timbre, correspondiente a la diferencia de remuneración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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