Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1° De Enero De 1961, Las Funciones Propias De La División De Tesorería En Cada Una De Las Dependencias Que Se Indican A Continuación, Se Ejercerán Por La Siguiente Planta Parcial: División De Tesorería

Decreto 80 de 1961 · Por medio del cual se establece, en forma parcial, el personal de planta de la División de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Pùblico

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° A partir del 1° de enero de 1961, las funciones propias de la División de Tesorería en cada una de las dependencias que se indican a continuación, se ejercerán por la siguiente planta parcial: División de Tesorería. Organización Central. Despacho del Jefe de la División. Grado. 1 Secretario Auxiliar II, 6 Oficina de Coordinación Ejecutiva. 1 Jefe de Oficina III 12 1 Secretario Auxiliar I 5 Grupo de Inspección. 1 Jefe de grupo VI 10 3 Visitadores administrativos III 8 Grupo de Correspondencia y Archivo. 1 Jefe de Grupo II 6 3 Oficinistas II 4 1 Oficinista I 3 Sección de Contabilidad. 1 Jefe de Sección V 11 1 Contador IV 9 9 Contadores I 8 3 Oficinistas III 5 1 Operador de Máquina de Contabilidad III 8 2 Operadores de Máquinas de Contabilidad II 6 Sección de Caja. 1 Jefe de Sección V 11 Grupo de Giros al Interior. 1 Jefe de Grupo V 9 2 Oficinistas III 5 Grupo de Giros al Exterior. 1. jefe de grupo V 9 2 oficinistas III 5 Grupo para Pago de Nóminas. 1 Jefe de Grupo V 9 6 Oficinistas III 5 2 Pagadores V 8 Grupo para Pago de Cuentas de Cobro. 1 Jefe de Grupo V 9 4 Oficinistas II 5 2 Payadores V 8 6 Cajeros II, 4

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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