Micelio

Artículo 10

Las Disposiciones De Este Decreto Serán Aplicables A Partir Del Primer Período Académico De 1982

Decreto 2798 de 1980 · Por el cual se reglamenta el Capitulo IV, Título Quinto del Decreto extraordinario 80 de 1980, sobre derechos pecuniarios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las disposiciones de este Decreto serán aplicables a partir del primer período académico de 1982. Con este fin, los estudios económicos y las autorizaciones correspondientes se efectuarán en 1981.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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