° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL Capítulo 58. Del artículo 959. Para las obras de defensa de Medellín contra las avenidas del rio Medellín, Ley 110 de 1941 $ 100.000.00 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Capítulo 107. Al artículo 2237-A. Para continuar la construcción de las dos avenidas a lo largo del rio Medellín (Parque Nacional de Medellín), según el artículo 5° de la Ley 19 de 1943 y el Decreto número 853 de 1944 $ 100.000.00
Decreto 894 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De La Economia Nacional Capítulo 58
Decreto 894 de 1947 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerios de la Economía Nacional y Obras Públicas).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.