Micelio

Artículo 1

Hácense Las Siguientes Supresiones En El Ramo De Correos Del Ministerio De Correos Y Telégrafos: Departamento De Antioquia

Decreto 4258 de 1948 · Por el cual se hacen unas supresiones y unas creaciones en el ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense las siguientes supresiones en el ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos: Departamento de Antioquia. Puerto Berrio. Dos plazas de Oficiales Primeros de la Administración de Correos con asignación mensual de $ 172.00 cada uno $ 344.00 cargos que vienen desempeñando los señores. Jesús M. Gómez y Gonzalo Rivera. Departamento de Bolívar. Cartagena. Una plaza de Mensajero de 1ª de la Agencia Postal, con asignación mensual de 253.00 Cargo que viene desempeñando el señor Rafael Betancourt. Calamar. Una plaza de Auxiliar 4ª de la Administración de Correos, con asignación mensual de 120.00 cargo que viene desempeñando la señorita Teresa Angulo Vásquez. Departamento de Santander. Barbosa. La plaza de Auxiliar 3ª de la Administración de Correos, con asignación mensual de 108.00 cargo que viene, desempeñando la señora Rosa M. de Murillo. Bucaramanga. Una plaza de Mensajero de 1ª de la Administración de Correos, con asignación mensual de 253.00 cargo que viene desempeñando el señor Jorge Valdivieso. Suma $ 1.078.00

Parágrafo

Las partidas anteriores corresponden al Capítulo 100, articulo 1826 del Presupuesto vigente, de 1948.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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