Micelio

Artículo 26

Régimen De Personal

Decreto 1390 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 10 de enero de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Régimen de personal. Las personas que prestan sus servicios en las asociaciones de municipios, son empleados públicos., salvo los trabajadores de la construcción y sostenimiento de obras públicas que tienen en todo, caso el carácter de trabajadores oficiales y aquellos que por estatutos determinen esta última calificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1390 de 1976