°. Suprímese una plaza de Ayudante en la Oficina Telegráfica de Valledupar y la de cada una de las oficinas de Guadalupe (Departamento del Huila), Andes y Betulia (Departamento de Antioquia), y créase la plaza de Ayudante en la de Cértegui, con la asignación mensual de $ 45, una más en cada una de las de Salamina (Caldas) y Honda, y dos más de Carteros en la de Manizales, con las mismas asignaciones, mensuales que corresponden a las de su clase en estas oficinas. Comuníquese y publíquese.
Artículo 1
Suprímese Una Plaza De Ayudante En La Oficina Telegráfica De Valledupar Y La De Cada Una De Las Oficinas De Guadalupe (Departamento Del Huila), Andes Y Betulia (Departamento De Antioquia), Y Créase La Plaza De Ayudante En La De Cértegui, Con La Asignación Mensual De $ 45, Una Más En Cada Una De Las De Salamina (Caldas) Y Honda, Y Dos Más De Carteros En La De Manizales, Con Las Mismas Asignaciones, Mensuales Que Corresponden A Las De Su Clase En Estas Oficinas
Decreto 934 de 1917 · Por el cual se suprimen unos empleos y se crean otros en el ramo Telegráfico
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.