°. De las instancias de asesoría y consulta para la transferencia gratuita de inmuebles a otras entidades públicas . Para la transferencia gratuita de bienes inmuebles por parte del Colector de Activos Públicos (CISA) a otras entidades públicas, en aquellos casos que esta lo considere, se conformará un comité integrado por
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través del Ministro o su delegado.
El Departamento Nacional de Planeación a través del Director General o su delegado.
La Empresa de Renovación Urbana Virgilio Barco Vargas a través de su Gerente General. Central de Inversiones S.A. a través de su Presidente o su delegado, asistirá como invitado a todas las reuniones. Las funciones del Comité son: 1. Estudiar las solicitudes que el Colector de Activos Públicos (CISA) le presente a su consideración, en los términos de los artículos 11 y 12 del presente decreto. 2. Verificar que las solicitudes y los proyectos puestos en consideración del Comité estén enmarcados con las prioridades del Gobierno Nacional definidas en el Plan Nacional de Desarrollo. 3. Recomendar al Colector de Activos Públicos (CISA) la asignación del inmueble, de acuerdo con los criterios definidos en el artículo 11 del presente decreto.
Establecer su propio reglamento.
Los miembros del Comité se reunirán de manera presencial o no presencial cada vez que el Colector de Activos Públicos (CISA) lo solicite, y solo podrán delegar su participación en el nivel directivo de la respectiva entidad. Las decisiones del Comité se tomarán con el voto favorable de la totalidad de los miembros que participen en la sesión.