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Artículo 9

De Las Instancias De Asesoría Y Consulta Para La Transferencia Gratuita De Inmuebles A Otras Entidades Públicas

Decreto 47 de 2014 · por el cual se reglamentan el artículo 8° de la Ley 708 de 2001, el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011 y se dictan otras disposiciones en materia de gestión de activos públicos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. De las instancias de asesoría y consulta para la transferencia gratuita de inmuebles a otras entidades públicas . Para la transferencia gratuita de bienes inmuebles por parte del Colector de Activos Públicos (CISA) a otras entidades públicas, en aquellos casos que esta lo considere, se conformará un comité integrado por

1.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través del Ministro o su delegado.

2.

El Departamento Nacional de Planeación a través del Director General o su delegado.

3.

La Empresa de Renovación Urbana Virgilio Barco Vargas a través de su Gerente General. Central de Inversiones S.A. a través de su Presidente o su delegado, asistirá como invitado a todas las reuniones. Las funciones del Comité son: 1. Estudiar las solicitudes que el Colector de Activos Públicos (CISA) le presente a su consideración, en los términos de los artículos 11 y 12 del presente decreto. 2. Verificar que las solicitudes y los proyectos puestos en consideración del Comité estén enmarcados con las prioridades del Gobierno Nacional definidas en el Plan Nacional de Desarrollo. 3. Recomendar al Colector de Activos Públicos (CISA) la asignación del inmueble, de acuerdo con los criterios definidos en el artículo 11 del presente decreto.

4.

Establecer su propio reglamento.

Parágrafo

Los miembros del Comité se reunirán de manera presencial o no presencial cada vez que el Colector de Activos Públicos (CISA) lo solicite, y solo podrán delegar su participación en el nivel directivo de la respectiva entidad. Las decisiones del Comité se tomarán con el voto favorable de la totalidad de los miembros que participen en la sesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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