Micelio

Artículo 10

Ley 29 de 1945 · Por la cual se fomenta la construcción de viviendas urbanas, como solución al problema de los arrendamientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 2° de la Ley 61 de 1936 , queda subrogado así:

"La casa o vivienda adquirida por un obrero no es embargable y sólo podrá transferirse por acto entre vivos a otro obrero que reúna todas las condiciones requeridas para ser adjudicatario conforme a las disposiciones sobre viviendas.

Cuando el obrero muera sin haber completado el monto de la amortización, la casa pasará a sus herederos libres de deuda que se cancelará con el pago del seguro.

Cuando por causa de despido o paro, no pudiere el trabajador atender el pago oportuno de las cuotas de amortización o el valor del arrendamiento, se le concederá un plazo prudencial hasta cuando desaparezca la causa de imposibilidad, sin recargo alguno."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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