Aclárase el artículo 1° de la Ley 116 de 1959 , en el sentido de expresar que las partidas destinadas para construcción, reparaciones, adiciones, mejoras, sostenimiento y adquisición de lotes de terreno para construcciones de colegios y demás establecimientos de educación en el Distrito Especial y el Departamento de Cundinamarca, de que tratan los ordinales 7-C y 24, se destinarán así:
Ley 37 de 1960 →Vigente
Artículo 5
Ley 37 de 1960 · Por la cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1960. (Ministerio de Justicia)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.