Micelio

Artículo 2.2.4.1.1.2.3

Derogado

Decreto 1082 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo de Planeación Nacional”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.4.1.1.2.3. Integración de los bancos de programas y proyectos del Sistema General de Regalías. El Departamento Nacional de Planeación definirá la metodología e instructivos para la integración de la información entre los Bancos de Programas y Proyectos del Sistema General de Regalías.

Dicha integración permitirá el acceso a la información necesaria para el funcionamiento del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías y para la Plataforma Integrada del Sistema General de Regalías.

Parágrafo

Los proyectos registrados en los Bancos de Programas y Proyectos de Inversión de las entidades territoriales para el Sistema General de Regalías deberán migrarse, por parte de las secretarías de planeación de las entidades territoriales, al Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Sistema que administra el Departamento Nacional de Planeación.

(Decreto 1949 de 2012, artículo 5°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1082 de 2015