La disponibilidad es la situación en la que se encuentra el funcionario de la Carrera Diplomática y Consular que se margina, transitoriamente y por su propia voluntad, del desempeño de cargos remunerados en el servicio público. La disponibilidad será declarada mediante decreto y sólo procederá a solicitud del interesado.
Decreto 10 de 1992 →Vigente
Artículo 44
Decreto 10 de 1992 · Orgánico del Servicio Exterior y de la Carrera Diplomática y Consular
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.