Micelio

Artículo 4

Inmediatamente Que El Síndico De La Universidad Reciba La Suma De Que Se Trata, Y En Tanto No Se Adjudique El Premio, La Colocará En Una Inversión Lucrativa, Como Cédulas Bancarias Que Devenguen Intereses, Los Que Se Aplicarán Al Aumento Al Capital O A Los Gastos Que Demande La Adjudicación Del Premio

Decreto 856 de 1939 · Por el cual se reglamenta el artículo 4º de la Ley 68 de 1938

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Inmediatamente que el Síndico de la Universidad reciba la suma de que se trata, y en tanto no se adjudique el premio, la colocará en una inversión lucrativa, como cédulas bancarias que devenguen intereses, los que se aplicarán al aumento al capital o a los gastos que demande la adjudicación del premio. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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