Micelio

Artículo 6

Decreto 401 de 1983 · Por el cual se adopta el Plan de Promoción de Colombia en el exterior y se crean el Consejo Nacional de Coordinación y las Comisiones Ejecutivas para su cumplimiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. La Comisión Ejecutiva de Convenios y Promoción Cultural y Científica, tendrá como funciones

1.

Identificar los problemas institucionales y financieros que obstaculizan el cumplimiento de los Convenios de Cooperación Cultural y Científica suscritos por Colombia.

2.

Estudiar, aprobar y evaluar los proyectos que le sean presentados para el desarrollo de los Convenios Culturales vigentes para promover las demás actividades de índole cultural, educativa y científica, que tengan relación con los objetivos del Plan.

3.

Estudiar la conveniencia de celebrar contratos con entidades públicas y privadas para el desarrollo de programas o proyectos específicos relacionados con los objetivos del Plan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 401 de 1983