Micelio

Artículo 6

O

Decreto 2817 de 1991 · por medio del cual se otorga un tratamiento preferencial en materia aduanera a algunos municipio de La Guajira, Nariño, Cauca y la región de Urabá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 6o . Las importaciones para uso exclusivo en las zonas, de materiales, maquinarias, equipos, sus partes y piezas, destinadas a la construcción de obras públicas de infraestructura, obras para el desarrollo económico y social y para la prestación de servicios públicos, gozarán de franquicia de toda clase de impuestos, previo concepto favorable del Corpes Regional sobre los programas y proyectos que se desarrollen en dichas áreas y su conformidad con los planes de desarrollo regional y local debidamente aprobados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2817 de 1991