Micelio

Artículo 8

Base De Retención Sobre Ingresos De Tarjetas Débito

Decreto 476 de 1997 · por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Base de retención sobre ingresos de tarjetas débito. A partir del 1 de marzo de 1997, la base de retención en la fuente sobre los ingresos de tarjetas débito de que trata el inciso 2 del artículo 1 del Decreto 85 de 1997, será del ochenta y cinco y medio por ciento (85.5%) del valor total de los pagos o abonos efectuados, antes de descontar la comisión que corresponde a la emisora de la tarjeta

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 476 de 1997