Además de los principios rectores ya establecidos en la normativa vigente sobre salud mental, y de los que la reglamentación periódica estime convenientes, se deberán orientar las acciones propuestas dentro de la Política Nacional de Salud Mental sobre los siguientes principios:
Inclusión social y no discriminación por motivo de enfermedad o trastorno mental.
Prevención, atención integral y atención temprana.
Protección especial de menores, personas con discapacidad y adul¬tos mayores.
Confidencialidad.
Derecho a la atención e intervención psicológica, farmacológica o social según las necesidades, tanto en consulta externa como en hos¬pitalización; y al debido diagnóstico.
Fortalecimiento, formación y fomento continuo de la red de aten¬ción en salud mental, en los ámbitos público, privado, familiar, del tercer sector y de las entidades religiosas para la prevención y aten¬ción integral de pacientes y sus familias.
Economía.
Eficiencia y celeridad en los trámites.
Acceso oportuno y claro a la información.
Innovación y progresividad en la atención integral.
Respeto irrestricto a los derechos humanos, incluyendo la convic¬ción espiritual y de conciencia del paciente y su red de apoyo.
Respeto por parte de los profesionales de la salud al paciente y a su familia.
Respeto a la orientación sexual e identidad de género del paciente.