En los institutos docentes que funcionen en las entidades territoriales donde no se haya organizado el Mapa Educativo, las funciones previstas en los artículos 8 y 11 de este Decreto para los directores de núcleos, serán asumidas por el inmediato superior administrativo del director o rector respectivo, mientras se adopta aquel programa.
Decreto 1498 de 1986 →Vigente
Artículo 12
Decreto 1498 de 1986 · Por el cual se dictan normas sobre nombramientos y traslados del personal docente nacional y nacionalizado del sector educativo nacional y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.