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Artículo 2

Para Dar Cumplimiento Al Artículo 24 De La Ley 132 De 1931 La Gobernación Del Departamento Debe Acompañar A La Solicitud De Auxilio Los Siguientes Documentos: A) Copia De La Ordenanza Por La Cual Se Dispone La Creación De La Granja O Estación Agrícola Departamental, Y Se Destina La Partida Necesaria Para Atender A Su Instalación Y Funcionamiento

Decreto 2009 de 1935 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones de las Leyes 74 de 1926 y 132 de 1931, en relación con las granjas, estaciones e institutos agrícolas departamentales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para dar cumplimiento al artículo 24 de la Ley 132 de 1931 la gobernación del Departamento debe acompañar a la solicitud de auxilio los siguientes documentos

a)

Copia de la ordenanza por la cual se dispone la creación de la granja o estación agrícola departamental, y se destina la partida necesaria para atender a su instalación y funcionamiento.

b)

Certificado de la Contraloría respectiva sobre vigencia de la apropiación de fondos en la liquidación del presupuesto departamental para la fundación e instalación de 'la granja o estación agrícola, de cuyo auxilio se trate.

c)

Copia debidamente autorizada de los títulos de propiedad de] terreno o terrenos donde se proyecte la fundación de la granja o estación agrícola.

d)

Planos del terreno o terrenos, acompañado de un informe sobre las condiciones agronómicas, etc., de la región, el cual será elaborado por una comisión compuesta por dos agrónomos, uno nombrado por el Ministerio de Agricultura y Comercio a petición de la Gobernación, y el otro, nombrado por la misma Gobernación.

e)

Presupuesto detallado de materiales y mano de obra para la construcción de los edificios de la granja o estación, planos de éstos y presupuesto de costo de los .equipos indispensables para su funcionamiento; y

f)

Prospecto de los proyectos agrícolas .por desarrollar con indicación de los cultivos que tendrán preferencia, lo mismo que de los proyectos que se relacionan g) con ganadería e industria animal. Estudiados y aprobados estos documentos por el Ministerio se procederá a decretar el auxilio correspondiente, una vez |cumplido lo dispuesto por el artículo 25 de la mencionada Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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