Micelio

Artículo 154

Corresponde Al Intendente Señalar, Por Medio De Resolución En Cada Caso, Los Viáticos De Los Empleados Que, Por Necesidades Inmediatas Del Servicio, Deban Movilizarse De Sus Residencias Habituales En Cumplimiento De Órdenes Y Funciones Impartidas Y Fijadas Por La Intendencia

Decreto 133 de 1940 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 6 de 1939, diciembre 14, dictado por la Junta de Obras Publicas de La Intendencia Nacional del Meta, sobre presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal de 1940

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde al Intendente señalar, por medio de resolución en cada caso, los viáticos de los empleados que, por necesidades inmediatas del servicio, deban movilizarse de sus residencias habituales en cumplimiento de órdenes y funciones impartidas y fijadas por la Intendencia. Los viáticos no podrán exceder de la suma de $ 5 diarios, jr su máximo será hasta por diez (10) días de cada mes. Las sumas que por este concepto se eroguen, se pagarán de la pártida apropiada por el artículo 142, para gastos imprevistos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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