°. Reconócese al Sindicato de Empleados Departamentales del Tolima el derecho de proponer un candidato para el Tribunal Seccional del Trabajo de Manizales, en vez de la Federación de Empleados de Ibagué, actualmente en receso, y reconócese a la Junta de Comerciantes de Villavicencio, convocada por el Intendente del Meta, el derecho de proponer un candidato para el Tribunal Seccional del Trabajo de Bogotá, en vez de la Cámara de Comercio de Villavicencio, que no ha sido reconocida oficialmente todavía. Queda en estos términos modificado el artículo único del Decreto número 178 del presente año.
Artículo 4
Reconócese Al Sindicato De Empleados Departamentales Del Tolima El Derecho De Proponer Un Candidato Para El Tribunal Seccional Del Trabajo De Manizales, En Vez De La Federación De Empleados De Ibagué, Actualmente En Receso, Y Reconócese A La Junta De Comerciantes De Villavicencio, Convocada Por El Intendente Del Meta, El Derecho De Proponer Un Candidato Para El Tribunal Seccional Del Trabajo De Bogotá, En Vez De La Cámara De Comercio De Villavicencio, Que No Ha Sido Reconocida Oficialmente Todavía
Decreto 217 de 1946 · Por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con la integración, la instalación y el personal subalterno de los Tribunales Seccionales y Juzgados del Trabajo
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.