Micelio

Artículo 15

Decreto 125 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Bancaria, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Pagaduría: a). Manejar y custodiar los Fondos de la Superintendencia, percibir los ingresos y efectuar los pagos de gastos y servicios ordenados con sujeción a las normas legales; b). Custodiar los depósitos de los Bancos y demás entidades o personas vigiladas, constituidas en garantía a nombre del Superintendente, para lo cual llevará los registros respectivos; c). Elaborar el boletín diario de caja, acompañando, los comprobantes de ingresos y egresos de las cuentas que se hayan movido durante el día; d). Tramitar los certificados que soliciten los empleados o exempleados y los que deben expedirse según la ley, en cuanto a ingresos y descuentos; e). Impartir la aprobación a todas las libranzas que suscriban los empleados y las demás órdenes que impliquen descuento en sus asignaciones; f). Rendir la cuenta mensual a la Contraloría General de la República, conforme a las disposiciones vigentes, y g). Las demás que le asigne el Jefe de la División. Sección de Contabilidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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