Micelio

Artículo 9

La Existencia De Estampillas De Sanidad Que Se Halla En Poder De La Sindicatura Central Y De Las Sindicaturas Y Agencias De Lazaretos, Será Entregada A Los Empleados De Manejo Que Designe El Respectivo Gobernador, Distribución Que Se Hará Teniendo En Cuenta Las Necesidades De Cada Uno De Los Departamentos

Decreto 448 de 1924 · Por el cual se reglamenta el artículo 7º de la Ley 86 de 1923, sobre impuestos de sanidad para los Lazaretos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La existencia de estampillas de sanidad que se halla en poder de la Sindicatura Central y de las Sindicaturas y Agencias de Lazaretos, será entregada a los empleados de manejo que designe el respectivo Gobernador, distribución que se hará teniendo en cuenta las necesidades de cada uno de los Departamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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