°. La existencia de estampillas de sanidad que se halla en poder de la Sindicatura Central y de las Sindicaturas y Agencias de Lazaretos, será entregada a los empleados de manejo que designe el respectivo Gobernador, distribución que se hará teniendo en cuenta las necesidades de cada uno de los Departamentos.
Decreto 448 de 1924 →Vigente
Artículo 9
La Existencia De Estampillas De Sanidad Que Se Halla En Poder De La Sindicatura Central Y De Las Sindicaturas Y Agencias De Lazaretos, Será Entregada A Los Empleados De Manejo Que Designe El Respectivo Gobernador, Distribución Que Se Hará Teniendo En Cuenta Las Necesidades De Cada Uno De Los Departamentos
Decreto 448 de 1924 · Por el cual se reglamenta el artículo 7º de la Ley 86 de 1923, sobre impuestos de sanidad para los Lazaretos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.