A Nivel Regional, Cada Uno De Los Señores Gobernadores, Intendentes, Comisarios, Alcalde Mayor De Bogotá Y Alcaldes Municipales, Crearán Un Comité Interinstitucional De La Campaña De Instrucción Nacional "camina", Entre Cuyas Funciones Estarán Las De Coordinar La Participación De Las Instituciones Públicas Y Privadas En El Desarrollo De Los Programas De Alfabetización Participativa, Primaria Y Secundaria A Distancia, Capacitación Técnica A Distancia Y Educación Integral Y Permanente
Decreto 1633 de 1983 · Por el cual se establece el Plan Nacional de Alfabetización Participativa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º A nivel regional, cada uno de los señores Gobernadores, Intendentes, Comisarios, Alcalde Mayor de Bogotá y Alcaldes Municipales, crearán un Comité Interinstitucional de la Campaña de Instrucción Nacional "Camina", entre cuyas funciones estarán las de coordinar la participación de las instituciones públicas y privadas en el desarrollo de los programas de alfabetización participativa, primaria y secundaria a distancia, capacitación técnica a distancia y educación integral y permanente.
Parágrafo
Los Gobernadores, Intendentes, Comisarios, Alcalde Mayor de Bogotá y Alcaldes Municipales, según el caso, presidirán el Comité establecido en el presente artículo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.