Las autoridades que determinen las disposiciones legales impondrán sanciones por violación a las normas reguladoras del transporte, según las disposiciones especiales que rijan cada modo de transporte.
Podrán ser sujetos de sanción:
Los operadores del servicio público de transporte y los de los servicios especiales.
las personas que conduzcan vehículos.
Las personas que utilicen la infraestructura de transporte.
Las personas que violen o faciliten la violación de las normas.
Las personas propietarias de vehículos o equipos de transporte.
Las empresas de servicio público.
Las sanciones de que trata el presente artículo consistirán en:
Amonestación.
Multas.
Suspensión de matrículas, licencias, registros o permisos de operación.
Cancelación de matrículas, licencias, registros o permisos de operación.
Suspensión o cancelación de la licencia de funcionamiento de la empresa transportadora.
Inmovilización o retención de vehículos.