Requisitos y parámetros para optar por los Certificados de Inversión Audiovisual en Colombia. Sin perjuicio de los demás que establezca el Comité Promoción Fílmica Colombia en el Manual de Asignación de Recursos, la postulación a los Certificados de Inversión Audiovisual en Colombia deberá cumplir con los siguientes requisitos y parámetros
El proyecto audiovisual deberá postularse ante el Comité Promoción Fílmica Colombia por intermedio de su Secretaría Técnica, por parte de una empresa productora no declarante del impuesto de renta en Colombia, que será la titular del proyecto y a cuyo nombre se expedirá el respectivo Certificado de Inversión Audiovisual en Colombia si cumple con los mínimos establecidos en este decreto y con los requisitos que establezca el Manual de Asignación de Recursos. La empresa productora a la que se refiere el inciso anterior podrá otorgar poder para la postulación y ejecución del proyecto a la empresa coproductora colombiana o a la sociedad de servicios cinematográficos. No obstante, todos los aspectos relativos al Certificado de Inversión Audiovisual en Colombia se entienden referidos a la empresa productora no declarante de renta en el país. La aprobación del proyecto es competencia del Comité Promoción Fílmica Colombia.
La inversión para adquisición de servicios cinematográficos o audiovisuales en Colombia se hará en dinero efectivo y no podrá ser inferior al mínimo que determine el Comité Promoción Fílmica Colombia.
La inversión deberá hacerse en la misma forma fijada para el caso de la contraprestación del Fondo Fílmico Colombia, establecida en la ley 1556 de 2012, en cuanto a requerimientos de manejo fiduciario.
El proyecto deberá contar con una Sociedad de Servicios Cinematográficos registrada según lo señalado en la ley 1556 de 2012 o, de manera alternativa a su elección, con un coproductor que sea persona jurídica colombiana dedicada a la actividad audiovisual, o que sea empresa cinematográfica colombiana si se trata de proyectos cinematográficos.
Ningún proyecto que opte por este instrumento podrá tomar para la inversión o gasto en el país más de cuatro (4) años desde la fecha de aprobación por el Comité.
Los Certificados de Inversión Audiovisual en Colombia amparan la inversión o gasto efectivamente realizados y certificados en el correspondiente año fiscal, siempre que se haya cumplido como mínimo la inversión mínima fijada para cada tipo de proyecto por el Comité Promoción Fílmica Colombia.
La empresa productora titular del proyecto o su apoderado deberá suscribir un Contrato Filmación Colombia bajo los parámetros definidos en el Manual de Asignación de Recursos.