Micelio

Artículo 36

Decreto 354 de 1994 · por el cual se modifica el reglamento de evaluación y clasificación para el personal de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 36 . DILIGENCIAMIENTO Y TRÁMITE. En el diligenciamiento y trámite del formulario a que se refiere el artículo anterior, se aplican los siguientes criterios

1.

DILIGENCIAMIENTO

a)

Debe ser diligenciado por los oficiales superiores, un mes después de ser asignado al cargo o función;

b)

Debe ser discutido y concertado entre el evaluado y el evaluador antes de su elaboración definitiva;

c)

Debe ser diligenciado cada vez que el evaluado sea trasladado de unidad o cambie de cargo;

d)

Dentro del período de evaluación se pueden hacer adiciones o modificaciones de común acuerdo entre evaluado y evaluador;

e)

Para su diligenciamiento se utilizan únicamente los espacios disponibles:

f)

En él se registra la siguiente información: - Grado del evaluado. - Cuerpo y especialidad. - Apellidos y nombres del evaluado. - Número de cédula o código. - Unidad. - Cargo del evaluado. - Grado del evaluador. - Cargo del evaluador. - Apellidos y nombres del evaluador. - Se enumeran las principales funciones y responsabilidades de acuerdo con los manuales y reglamentos que las estipulan. - Se enumeran aquellos planes, programas o proyectos que aspira ejecutar o desarrollar durante el período de evaluación. - Firma del evaluado. - Firma del evaluador en señal de aprobación. - Se describen las adiciones o modificaciones al programa, de común acuerdo entre evaluado y evaluador. - El evaluador registra los resultados alcanzados. - El evaluador analiza y conceptúa acerca del cumplimiento del compromiso. - Firma del evaluado. - Firma del evaluador.

2.

TRAMITE

a)

El documento es conservado por el evaluador y tramitado junto con la evaluación anual a la autoridad revisora;

b)

En caso de traslado del evaluado antes de la techa de la evaluación anual el formulario se diligencia en su totalidad y se remite, junto con el folio de vida, y la evaluación a la autoridad revisora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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