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Artículo 2.2.4.2.12.3

Procedimiento Administrativo Sancionatorio

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Procedimiento administrativo sancionatorio. Cuando por cualquier medio el Ministerio de Justicia y del Derecho, conozca la existencia de un presunto incumplimiento de las obligaciones establecidas en las normas legales, reglamentarias y en sus propios reglamentos, por parte de los centros, las entidades avaladas, los programas locales de justicia en equidad y los puntos de atención de la conciliación en equidad, iniciará el correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 1563 de 2012, el inciso final del artículo 27, los artículos 36 y 79 de la Ley 2220 de 2022.

Parágrafo 1

El procedimiento administrativo sancionatorio en estos casos seguirá las reglas establecidas en el Capítulo III, del Título III de la parte Primera del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Parágrafo 2

En el procedimiento administrativo sancionatorio las notificaciones se realizarán a través del medio electrónico dispuesto por el Ministerio de Justicia y el Derecho para este fin, o del correo electrónico dispuesto por el Centro, Programa Local de Justicia en Equidad o Punto de Atención de la Conciliación en Equidad en la respectiva solicitud de autorización, caso en el cual señalarán si aceptan que las notificaciones se surtan por este medio, en los términos de los artículos 54 y 56 de la Ley 1437 de 2011.

Parágrafo 3

Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley 2220 de 2022, la decisión de no iniciar el procedimiento administrativo sancionatorio estará debidamente motivada y se notificará en los términos previstos en los artículos 54 y 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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