°. Definición. Servicios Portadores son aquellos que proporcionan la capacidad necesaria para la Transmisión de señales entre dos o más puntos definidos de la red de telecomunicaciones. Estos comprenden los servicios que se hacen a través de redes conmutadas de circuitos o de paquetes y los que se hacen a través de redes no conmutadas.
El Servicio Portador, no habilita a su operador para prestar servicios diferentes al reglamentado por este Decreto, en especial los servicios de telefonea pública básica conmutada de larga distancia nacional e internacional, por cuanto para ello, se requiere el correspondiente título habilitante.