ARTICULO 81 . DE LA SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA.- Son funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera: 1.Dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la enajenación o adquisición de bienes, elementos, equipos y servicios necesarios para el normal funcionamiento de la Unidad, con su suministro y conservación, y llevar el registro de proveedores y contratistas de la Entidad. 2. Efectuar la gestión y administración correspondiente sobre el personal de la Entidad. 3. Dirigir todas las actividades relacionadas con la planeación, organización, desarrollo y control de los asuntos administrativos de la Entidad. 4. Administrar los recursos financieros de la Entidad; dirigir, coordinar y controlar las actividades que corresponde adelantar a la División de Planeación y Finanzas. 5. Recopilar, analizar y difundir en la Entidad y fuera de ella la información que considere pertinente atinente a las actividades de la Unidad, y coordinar las campañas institucionales que adelante la misma. 6. Velar por el cumplimiento de las normas legales orgánicas de la Entidad. 7. Atender los servicios de correspondencia, archivo, publicaciones, transporte y seguridad interna de la Entidad.
Decreto 2171 de 1992 →Vigente
Artículo 81
Decreto 2171 de 1992 · Por el cual se reestructura el Ministerio de Obras Publicas y Transporte como Ministerio de Transporte y se suprimen, fusionan y reestructuran entidades de la rama ejecutiva del orden nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.