Micelio

Artículo 10

Funciones Del Director O Gerente

Decreto 1287 de 1994 · por el cual se reorganiza el Instituto Nacional de Cancerología y se transforma en una Empresa Social del Estado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Director o Gerente. Son funciones del Director o Gerente: a) Actuar como representante legal del Instituto; b)Dirigir las operaciones propias del Instituto y cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Junta Directiva, de acuerdo con las normas legales y estatutarias, manteniendo la unidad de intereses en torno a la misión y objetivos del mismo; c) Someter a consideración y aprobación de la Junta Directiva del Instituto los planes y programas necesarios para el cumplimiento del objeto y las funciones asignadas a la entidad por el presente Decreto y demás normas legales; d) Dirigir, coordinar y controlar el personal del Instituto; e) Presentar al Presidente de la República, por conducto del Ministro de Salud y de la Junta Directiva del Instituto, los informes anuales y periódicos sobre la marcha general, de la entidad; f) Velar por la correcta destinación de los fondos del Instituto y el debido mantenimiento y utilización de los bienes de este; g) Nombrar, promover y remover, de conformidad con las normas vigentes, el personal del Instituto, señalar la remuneración de los trabajadores oficiales y, en general, dirigir y coordinar las labores de las personas que laboren al servicio del Instituto; h) Presentar al Ministerio de Salud, el proyecto de presupuesto y los planes de inversión del Instituto, por lo menos quince (15) días antes de que la Junta Directiva deba comenzar su estudio y rendir a dicho Ministerio los informes que requiera sobre la ejecución de los respectivos programas; i) Convocar a reuniones a la Junta Directiva cuando lo considere necesario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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