Micelio

Artículo 2.2.2.8.4.5

Financiación De La Alerta Rosa

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Financiación de la Alerta Rosa. De conformidad con lo señalado en el artículo 24 de la Ley 2326 de 2023, la Fiscalía General de la Nación adelantará las acciones necesarias para asignar con cargo a su presupuesto, los recursos necesarios para la implementación y adecuado funcionamiento de la Alerta Rosa en los términos que establece la ley y el presente decreto. Para tal fin, la Fiscalía General de la Nación presentará de manera oportuna las necesidades presupuestales y la proyección de recursos para cada vigencia fiscal y deberá incluir este tema en el Marco de Gasto de Mediano Plazo.Parágrafo. Las demás entidades que hacen parte del Comité de Coordinación de la Alerta Rosa, así como aquellas que integran los equipos locales de búsqueda, de que trata los artículos 2.2.2.8.3.8. y 2.2.2.8.3.9. de este decreto, adelantarán, en el marco de sus competencias, las acciones necesarias para asignar con cargo a su presupuesto, los recursos económicos, técnicos y logísticos suficientes para garantizar el cumplimiento de las funciones asignadas por la Ley 2326 de 2023 y el presente decreto. Para tal fin, presentarán de manera oportuna las necesidades presupuestales y la proyección de recursos para cada vigencia fiscal y deberán incluir este tema en el Marco de Gasto de Mediano Plazo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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