Micelio

Artículo 4

Además De Las Funciones Prescritas Por Las Disposiciones Orgánicas Del Fondo De Fomento Municipal La Junta Directiva Podrá Cancelar Por Medio De Resolución Motivada La Ejecución De Una O Varias Obras En Los Siguientes Casos: A) Cuando Así Lo Solicite El Respectivo Gobernador, Intendente O Comisario Y La Junta Considere Conveniente Acceder A Ello; Y B) Cuando Por Incumplimiento Del Respectivo Departamento, Intendencia O Comisaría, Resuelva La Junta Excluir Una O Varias Obras De Las Prospectadas En Las Actas O Convenios Adicionales Aprobados, Devolviendo El Correspondiente Aporte Del Fondo Al Cupo Libre De La Misma Sección Del País

Decreto 2391 de 1947 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre Fomento Municipal y se adiciona el Decreto número 575 de 1940.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Además de las funciones prescritas por las disposiciones orgánicas del Fondo de Fomento Municipal la Junta Directiva podrá cancelar por medio de resolución motivada la ejecución de una o varias obras en los siguientes casos

a)

Cuando así lo solicite el respectivo Gobernador, Intendente o Comisario y la Junta considere conveniente acceder a ello; y

b)

Cuando por incumplimiento del respectivo Departamento, Intendencia o Comisaría, resuelva la Junta excluir una o varias obras de las prospectadas en las actas o convenios adicionales aprobados, devolviendo el correspondiente aporte del Fondo al cupo libre de la misma sección del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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