°. Las copias de reglamento de copropiedad no contendrán sino lo efectivamente reglamentario y, por consiguiente, en ellas se omitirá la trascripción de áreas y linderos de unidades sobre las cuales no verse el traspaso de que se trate y que no tengan el carácter de bienes afectados al uso común.
Decreto 144 de 1968 →Vigente
Artículo 3
Las Copias De Reglamento De Copropiedad No Contendrán Sino Lo Efectivamente Reglamentario Y, Por Consiguiente, En Ellas Se Omitirá La Trascripción De Áreas Y Linderos De Unidades Sobre Las Cuales No Verse El Traspaso De Que Se Trate Y Que No Tengan El Carácter De Bienes Afectados Al Uso Común
Decreto 144 de 1968 · Por el cual se adiciona el Decreto 1335 de 1959, reglamentario de la Ley 182 de 1948
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.