Esta Ley empezará a regir desde su sanción y los gastos que ella demande en su ejecución quedan comprendidos en los Presupuestos de la vigencia respectiva.
Ley 118 de 1914 →Vigente
Artículo 4
Ley 118 de 1914 · Por la cual se adicionan las Leyes 110 y 115 de 1913
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.