°. En esta Escuela deberán darse enseñanzas prácticas de herrería, fundición de metales, mecánica, armería, tornería y calderería, y de otros oficios análogos. Los alumnos de ella tendrán, además, obligación de concurrir al Instituto nacional de artesanos ó recibir la instrucción científica que sea aplicable á los conocimientos prácticos que han de adquirir en la Escuela de Artes y Oficios.
Decreto 222 de 1897 →Vigente
Artículo 6
En Esta Escuela Deberán Darse Enseñanzas Prácticas De Herrería, Fundición De Metales, Mecánica, Armería, Tornería Y Calderería, Y De Otros Oficios Análogos
Decreto 222 de 1897 · Sobre aplicación de la Ley 59 de 1896, relativa al fomento de Escuelas de Artes y Oficios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.