Son funciones de la Sección de Aguas
Adelantar estudios sobre las posibilidades de irrigación u desecación que deban realizarse en el país:
Determinar las hoyas hidrográficas del psis y su utilización en elaboración con las demás secciones de la División;
Adelantar estudios hidráulicos en coordinación con entidades de finalidad de similares;
Reglamentar y conservación de fuentes de agua, en colaboración con las de las secciones de la División;
Dar normas sobre la extracción de productos de los lechos de los ríos, corrientes o depósitos de agua de uso público;
Dar normas para inspeccionar el cumplimiento de los reglamentos y determinaciones que dicte el Ministerio sobre conservación y utilización de aguas;
Elaborar programas de adiestramiento de personal técnico, y coordinar su ejecución con las divisiones de Personal y Extensión Agropecuaria;
Absolver consultas de carácter técnico provenientes de otras dependencias el Ministerio, referentes al uso y conservación de aguas;
Rendir informes periódicos al Jefe de la División, sobre los trabajos realizados en la Sección;
Preparar material educativo de carácter técnico en coordinación con la División de Extensión Agropecuaria, y colaborar en su publicación con la División de Servicios Generales;
Suministrar información técnica al público;