Micelio

Artículo 3

º Para La Práctica De Pruebas, El Tribunal Superior De Orden Público No Estará Sometido A Las Reglas De Inmediación

Decreto 1966 de 1989 · Por el cual se dictan normas tendientes a otorgar las garantías necesarias para el desempeño de la funciones del Tribunal Superior de Orden Público, en orden a procurar el restablecimiento del orden público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para la práctica de pruebas, el Tribunal Superior de Orden Público no estará sometido a las reglas de inmediación. En consecuencia, cuando por razones de seguridad los Magistrados de la Sala correspondiente, que deban practicar la prueba lo consideren necesario, podrán adoptar las previsiones que no impliquen un contacto directo o personal con el sindicado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1966 de 1989