AI efectuarse una promoción, el interesado está en la obligación de retornar la insignia anterior al Secretario del Consejo de la Orden, una vez que haya recibido la nueva. El Consejo puede decretar las medidas que juzgue oportunas en caso de no observancia de esta obligación. CAPITULO III De las funciones del Consejo .
Decreto 458 de 1972 →Vigente
Artículo 13
Ai Efectuarse Una Promoción, El Interesado Está En La Obligación De Retornar La Insignia Anterior Al Secretario Del Consejo De La Orden, Una Vez Que Haya Recibido La Nueva
Decreto 458 de 1972 · Por el cual se aprueba el Estatuto de la Orden Nacional Miguel Antonio Caro y Rufino José Cuervo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.