Micelio

Artículo 1

Los Superintendentes Delegados De Que Trata El Artículo 4º De La Ley 58 De 1931, Se Llamarán Primero Y Segundo Delegado, Y Reemplazarán, En Su Orden, Al Superintendente De Sociedades Anónimas, En El Caso Del Artículo 5º De La Misma Ley

Decreto 1084 de 1940 · Por la cual se reglamentan algunas disposiciones de la Ley 58 de 1931

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los Superintendentes Delegados de que trata el artículo 4º de la Ley 58 de 1931, se llamarán Primero y Segundo Delegado, y reemplazarán, en su orden, al Superintendente de Sociedades Anónimas, en el caso del artículo 5º de la misma Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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