Micelio

Artículo 2.2.3.8.3.1

Objetivo Del Sied

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objetivo del SIED. Créase el Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa o SIED con el propósito de mejorar de manera sistémica el clima de inversión. Este servicio estará compuesto por un conjunto de niveles y herramientas a disposición del inversionista extranjero, con el objetivo de gestionar las dificultades de los inversionistas en temas impositivos, financieros, propiedad intelectual, entre otros, relacionados con trámites y servicios que hacen parte de la cadena de facilitación de la Inversión Extranjera Directa y que son competencia de alguno de los organismos y entidades que integran la Rama Ejecutiva del nivel nacional; propendiendo por la prevención de posibles controversias internacionales.

Parágrafo

El Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa operará de manera virtual a través de la Ventanilla Única de Inversión. No obstante, podrá accederse a él de manera presencial por los canales de comunicación que establezca el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. La gestión de las solicitudes y el relacionamiento del Estado con el inversionista se hará de acuerdo con la política de transformación digital.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.3.8.3.1. Objetivo del SIED. Créase el Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa o SIED con el propósito de mejorar, de manera sistémica, el clima de inversión a través de un conjunto de niveles y herramientas a disposición del inversionista extranjero para la resolución alternativa de conflictos de inversión, la gestión de consultas y dificultades de los inversionistas en temas impositivos, financieros, propiedad intelectual, entre otros, relacionados con hacer negocios en Colombia; así como para la prevención de posibles disputas internacionales.Parágrafo. El Servicio de Facilitación de la Inversión Extranjera Directa operará de manera virtual a través de la Ventanilla Única de Inversión. La gestión de las solicitudes y el relacionamiento del Estado con el inversionista se hará de acuerdo con la política de transformación digital.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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