Micelio

Artículo 44

Posesión

Decreto 842 de 1969 · por el cual se aprueban los estatutos del Instituto de Desarrollo de los Recursos Naturales Renovables.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Posesión. El Gerente General del Instituto y los demás miembros designados por el Presidente para integrar la Junta Directiva, se posesionarán ante el Ministro de Agricultura. Los demás funcionarios y empleados ante el Gerente General o ante el funcionario a quien se delegue esta función.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 842 de 1969