Para la creación, instalación y gastos de la Orden, serán abiertos los créditos necesarios. El señor Ministro de Relaciones Exteriores, solicitará oportunamente del Congreso la inclusión de las partidas presupuestales que fueren del caso para atender al correcto funcionamiento de la orden de cada año, según lo previsto en estos estatutos.
Decreto 2397 de 1954 →Vigente
Artículo 22
Para La Creación, Instalación Y Gastos De La Orden, Serán Abiertos Los Créditos Necesarios
Decreto 2397 de 1954 · DECRETO 2397 DE 1954, 16/08/1954,
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.