El permiso deberá solicitar y concederse siempre por escrito. A la solicitud deberá acompañarse la prueba que lo justifique, salvo los casos de calamidad doméstica, en la que justificación se presentará a más tardar al reintegrarse.
La autoridad deberá negarlo cuando a su juicio la causa alegada no justifique el concederlo, o cuando ella no esté debidamente probada.
La concesión injustificada de un permiso es causal de mala conducta
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
ARTÍCULO 104. <Aparte demandado NULO> El permiso deberá solicitar y concederse siempre por escrito. A la solicitud deberá acompañarse la prueba que lo justifique, salvo los casos de calamidad doméstica, en la que justificación se presentará a más tardar al reintegrarse.
La autoridad deberá negarlo cuando a su juicio la causa alegada no justifique el concederlo, o cuando ella no esté debidamente probada.
La concesión injustificada de un permiso es causal de mala conducta