Micelio

Artículo 4

Ley 55 de 1914 · por la cual se dispone construir una vía nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En el caso de construirse la obra por contrato funcionará en la ciudad de Montería una Junta ad honorem encargada de la inspección de los trabajos de construcción, El valor de cada uno de los trayectos en que se divida el camino no será cubierto sin que haya sido recibido a entera satisfacción de la mencionada Junta.

Parágrafo

Dicha Junta se formará con el Prefecto de la Providencia de Montería, el Presidente del Concejo y un vecino de dicha ciudad, entendido en trabajo de caminos. El vecino será nombrado por el Gobernador del Departamento de Bolívar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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