º. Los Consejos municipales exigirán a los solicitantes de adjudicación de más de cien hectáreas a título de cultivo, que presenten plena prueba de que ellos mismos han sido los cultivadores personalmente o de que el verdadero cultivador les hizo de los cultivos.
Decreto 27 de 1906 →Vigente
Artículo 6
Los Consejos Municipales Exigirán A Los Solicitantes De Adjudicación De Más De Cien Hectáreas A Título De Cultivo, Que Presenten Plena Prueba De Que Ellos Mismos Han Sido Los Cultivadores Personalmente O De Que El Verdadero Cultivador Les Hizo De Los Cultivos
Decreto 27 de 1906 · Sobre adjudicación de tierras baldías
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.