Micelio

Artículo 64

Con El Fin De Garantizar Las Condiciones Económicas De Los Notarios Y Sus Empleados, El Fondo Nacional Del Notariado Transferirá Al Fondo De Previsión Social De Notariado Y Registro, Fonprenor, Los Recursos Excedentes Del Producto De Sus Ingresos, Una Vez Descontados Sus Gastos De Funcionamiento E Inversión, Con El Fin De Constituir Reservas De Pensiones O Atender El Pago De Éstas

Decreto 2660 de 1993 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 1994, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 64. Con el fin de garantizar las condiciones económicas de los Notarios y sus empleados, el Fondo Nacional del Notariado transferirá al Fondo de Previsión Social de Notariado y Registro, Fonprenor, los recursos excedentes del producto de sus ingresos, una vez descontados sus gastos de funcionamiento e inversión, con el fin de constituir reservas de pensiones o atender el pago de éstas.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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