Micelio

Artículo 3

Delegáse Asímismo A Los Gobernadores La Facultad De Nombrar El Personal Administrativo De Las Cárceles Nacionales De Distrito Judicial Y De Circuito, Mientas Su Gasto Sea De Cargo De La Nación

Decreto 1422 de 1918 · Por el cual se concede una autorización a los Gobernadores de los Departamentos y se dictan otras disposiciones sobre servicio de establecimiento de castigo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Delegáse asímismo a los Gobernadores la facultad de nombrar el personal administrativo de las Cárceles Nacionales de Distrito Judicial y de Circuito, mientas su gasto sea de cargo de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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